Pasar a: Contenido | Al pie de la página | Accesibilidad | Servicios para discapacitados
Logotipo de personas discapacitadas

Departamento De Vehículos Motorizados De California

Nuevas Leyes sobre Teléfonos Celulares vigentes a partir del 1º de julio de 2008

( Nuevas leyes sobre vehículos motorizados de 2008 )

Nuevas leyes sobre teléfonos inalámbricos

Video icon Video sobre las Leyes de Teléfonos Celulares Ver video con subtítulos | Ver video

 

A conductores menores de 18 años de edad
VC §23124
A conductores de 18 años de edad o más
VC §23123
se les prohíbe manejar un vehículo motorizado cuando usen un teléfono celular [wireless], incluyendo un aparato de "manos libres" y/o un aparato de servicio móvil (localizadores [pagers], aparatos de transmisión de texto, computadoras portátiles [laptop], etc). se les prohíbe manejar un vehículo motorizado cuando usen un teléfono celular a menos que se use un aparato de "manos libres".
Excepciones:
  • situaciones de emergencia por ejemplo: llamadas a las autoridades, a un proveedor de servicios de salud, al departamento de bomberos, etc.
  • cuando manejan vehículos en propiedad privada.
Excepciones:
  • situaciones de emergencia, por ejemplo: llamadas a las autoridades, a un proveedor de servicios de salud, al departamento de bomberos, etc.
  • proveedores de servicios de emergencia operando un vehículo de emergencia autorizado durante el horario de trabajo.
  • cuando se manejen vehículos en propiedad privada.
  • una persona manejando un camión motorizado comercial o un tracto-camión (excluyendo camionetas pickup), equipo para la agricultura, vehículo agrícola, autobús escolar, vehículo de transporte urbano [transit vehicle], o una grúa, si se usa un radio "de dos vías" [two-way radio] operado por un botón que tenga la función "oprima para hablar" y que no requiera que el aparato esté cerca de la oreja.
Las multas pertinentes a ambas leyes son las siguientes:
  • US$20, por la primera ofensa más pagos administrativos.
  • US$50, por la segunda o subsiguientes ofensas más pagos administrativos.

 


PREGUNTAS FRECUENTES  

Dos nuevas leyes  que tratan sobre el uso de teléfonos inalámbricos mientras se maneja entran en vigor a partir del 1º de julio de 2008. A continuación se presenta una lista de las “preguntas frecuentes” (FAQs, por sus siglas en inglés) relacionadas con estas leyes.

 
P: ¿Cuándo entran en vigor las nuevas leyes sobre teléfonos inalámbricos?
R: Las nuevas leyes entran en vigor el 1º de julio de 2008.


P: ¿Cuál es la diferencia entre las dos leyes?
R: La primera prohíbe a todos los conductores usar el teléfono inalámbrico de mano cuando se opera un vehículo motorizado (§23123 del Código de Vehículos de California, [CVC, por sus siglas en inglés]). Automovilistas de 18 años o mayores pueden usar un aparato de manos libres.
La segunda ley estipula que los conductores menores de 18 años NO pueden usar un teléfono inalámbrico de manos libres cuando operan un vehículo motorizado (CVC §23124).


P: ¿Qué pasaría si tengo que usar mi teléfono durante una emergencia o si no tengo un aparato de manos libres?
R: La ley permite al conductor usar un teléfono inalámbrico para hacer llamadas de emergencia a las autoridades policiales, proveedores de salud, el departamento de bomberos u otras agencias de servicios de emergencia.  


P: ¿Cuáles son las multas si cometo una infracción?
R: La multa base por la PRIMERA ofensa es de $20 y $50 por las subsiguientes. Las multas pueden llegar a triplicar la cantidad de la multa base, si se agregan las sanciones estimadas.
P: ¿Recibiré un punto en mi licencia de manejar si soy convicto por una infracción a la ley de  teléfonos inalámbricos?
R: No. La infracción es una ofensa reportable pero el DMV no asignará un punto por infracción.


P: ¿Aparecerá la infracción en mi expediente de manejo?
R: Sí. Sin embargo, no será agregado un punto por tal infracción.

P: ¿Habrá un período de gracia en el caso que los automovilistas solamente reciban una advertencia?
R: No. La ley entra en vigor el 1º de julio de 2008. La expedición de la multa siempre será establecida a discreción del oficial y se basará en su determinación sobre lo que sea el remedio más apropiado para la situación.


P: ¿Serán afectados los pasajeros por esta ley?
R: No. Esta ley solamente se aplica a la persona que maneja un vehículo motorizado.


P: ¿Se aplican estas leyes a los conductores con licencias de otros estados que no tienen dichas leyes?
R: Sí.


P: ¿Puede pararme un oficial de policía por usar mi teléfono inalámbrico de mano?
R: Sí. Un oficial de policía puede pararlo solamente por esta infracción.


P: ¿Que pasaría si mi teléfono tuviera una función “oprima para hablar”, podría usarla?
R: No. Sin embargo, la ley no brinda una excepción para aquellos conductores que operan un camión motorizado comercial o un tracto camión (con exclusión de las camionetas “pickup”) equipo de agricultura, vehículo agrícola o una grúa, para usar un radio de doble recepción operado por una función “oprima para hablar”.


P: ¿Qué otras excepciones hay?
R: Los operadores de un vehículo de emergencia autorizado, que manejan durante el horario de trabajo, están exentos así como aquellos automovilistas que operan un vehículo en propiedad privada.


 

CONDUCTORES DE 18 AÑOS O MAYORES


A los conductores de 18 años o mayores se les permitirá usar un aparato de manos libres para hablar en sus teléfonos inalámbricos mientras manejan. Las siguientes “preguntas frecuentes” (FAQs, por sus siglas en inglés) se aplican a los automovilistas de 18 años o mayores.


P: ¿La nueva ley de teléfonos de “manos libres” le prohíbe marcar o solamente hablar por un teléfono inalámbrico mientras maneja?
R: La nueva ley no prohíbe hacer llamadas, pero los conductores son aconsejados enfáticamente a no hacerlo cuando manejan.


P: ¿Será legal usar un aparato de tecnología “Blue Tooth” u otro tipo de audífonos?
R: Sí. Sin embargo usted no podrá tener AMBOS oídos cubiertos.


P: ¿La nueva ley de teléfonos de “manos libres” le permite usar la función de altavoz  de su teléfono inalámbrico mientras maneja?
R: Sí.


P: ¿La nueva ley de teléfonos de “manos libres” permite a los conductores de 18 años o mayores enviar mensajes de texto mientras manejan?
R: La ley no prohíbe específicamente eso pero un oficial de policía puede pararlo y expedir una infracción a un conductor de cualquier edad, si en la opinión del oficial, el conductor estaba distraído y no operaba el vehículo con seguridad. Enviar mensajes de texto mientras se maneja no es seguro y no se aconseja hacerlo a ninguna velocidad.


CONDUCTORES MENORES DE 18 AÑOS

P: ¿Se me permite usar mi teléfono  de “manos libres”?
R: No. Los conductores menores de 18 años no pueden usar un teléfono inalámbrico, localizador (pager), computadora portátil (laptop) o cualquier otro servicio de comunicación electrónico u aparato móvil para hablar o enviar mensajes mientras manejan, de ninguna forma, ni siquiera aunque sean de “manos libres”.  
EXCEPCIÓN: Está permitido en situaciones de emergencia llamar a la policía, a los bomberos o a los proveedores de salud (VC §23124).

P: Porqué es la ley más estricta para los conductores provisionales?
R: Las estadísticas muestran que los conductores adolescentes son más propensos que los conductores adultos a involucrarse en choques porque no tienen la experiencia necesaria y tienden a tomar mayores riesgos. Los adolescentes son vulnerables a las distracciones de manejo tales como hablar con pasajeros, comer o beber y hablar o enviar mensajes de texto por aparatos inalámbricos lo que aumenta la oportunidad de involucrarse en choques graves de vehículos .


P: ¿Pueden mis padres darme permiso para usar mi teléfono inalámbrico mientras manejo?
R: No. La única excepción es en una situación de emergencia que requiera llamar a las autoridades policiales, proveedores de salud, los bomberos o alguna otra entidad de agencias de emergencia.   

R: ¿Si soy un menor emancipado, se me aplica la ley?
R: Sí. La restricción se aplica a todos los conductores que tengan licencia y sean menores de 18 años de edad.

P: Si tengo a mis padres o a alguien mayor de 25 años de edad, conmigo en el carro, puedo usar mi teléfono inalámbrico mientras manejo?
R: No. Usted puede solamente usar su teléfono inalámbrico en una situación de emergencia.


P: ¿Aparecerá la restricción en mi licencia provisional?
R: No.


P: ¿Si mi carro tiene esta función integrada, puedo usar la función de “manos libres” mientras manejo?
R: No. La ley prohíbe a cualquier conductor menor de 18 años usar cualquier tipo de aparato inalámbrico mientras maneja, excepto en una situación de emergencia.


P: ¿Puede pararme un oficial de policía por usar mi aparato de “manos libres” mientras manejo?
R: No. Para los conductores menores de 18 años de edad, esta es una infracción SECUNDARIA, lo que significa que un oficial puede darle una infracción por usar un aparato de “manos libres” si usted hubiera sido parado por otra infracción. Sin embargo, la prohibición de usar un teléfono inalámbrico de mano mientras maneja es una infracción PRIMARIA por la cual un oficial de policía puede pararlo.